Luego de los rechazos obtenidos en las dos instancias anteriores, el Estudio interpuso Recurso Extraordinario Provincial ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza.
Uno de los aspectos centrales del caso fue el valor probatorio atribuido al informe elaborado por el estudio liquidador contratado por la propia compañía aseguradora. La Suprema Corte consideró que, aunque este tipo de informes resulta relevante para la aseguradora durante la investigación del siniestro, sus conclusiones no pueden ser tomadas como una prueba directa e irrefutable ni resultar suficientes, por sí solas, para justificar el rechazo judicial de una demanda de consumo cuando no han sido adecuadamente corroboradas por prueba producida en el proceso con control de ambas partes.
Sobre esa base, y aplicando los principios protectores propios del derecho del consumidor, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza resolvió definitivamente el conflicto, revocó las decisiones anteriores y condenó a la aseguradora a abonar la cobertura correspondiente a los dos siniestros, con más sus intereses.
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Sentencia completa de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza